¿Responsabilidades Civiles a sus herederos? Que no le pase!

La semana pasada fue publicado un anuncio denominado “Notificación de Resoluciones de Responsabilidad Civil Culposa” en el diario El Comercio.

La publicación trata sobre Notificaciones de Resoluciones de Responsabilidad Civil Culposa en contra de los herederos de algunas personas fallecidas (ex servidores públicos). Cómo se habrá dado cuenta, ni siquiera estando “en el más allá” uno puede liberarse, o en este caso liberar a sus herederos, de Responsabilidades Civiles Culposas que puedan ser establecidas por la Contraloría General del Estado.

Los herederos, de los fallecidos, deberán ahora ejercer su derecho a la defensa desde la instancia que corresponda (dentro y fuera de la Contraloría General del Estado).. Y en este caso es prácticamente la instancia final en la vía administrativa, salvo el recurso de revisión que podría o no ser concedido por el ente de control, que ya está agotada.. es decir, ya están a un paso de irse a un juicio con Contraloría, en la vía jurisdiccional, o resignarse a pagar los valores que les hayan sido determinados.

Como lo comentamos en nuestras capacitaciones sobre “Respuestas a Observaciones de Contraloría”, la aceptación de una herencia “universal” implica un riesgo inherente gigantesco.

Tip: la herencia debe ser aceptada, por escrito,  por los herederos con “beneficio de inventario”, es decir que solo se la aceptará si existiera un saldo favorable entre los activos y pasivos… y si los pasivos llegaren a ser mayores a los activos los primeros se deberán subsanarse con los últimos.

El detalle mencionado, es omitido casi siempre por los herederos.. Y las consecuencias pueden ser incalculablemente perjudiciales. Un ejemplo nomás le ponemos: si usted fuera el/la heredero/a de un personaje como la señora Marcela Aguiñaga y Contraloría le observa el pago de 41 millones de dólares, que haría?

¿Cómo puede un heredero defenderse eficazmente de una acción de control de la Contraloría? Pues, en principio es sumamente difícil porque si de por sí ya es difícil una defensa de algo que se desconoce, incluso estando de servidor “activo”, imagínese lo que será defenderse de Contraloría para una persona que no conoce absolutamente nada de la temática que está “heredando”.

Subsane los problemas en vida, y mejor todavía, cuando es todavía servidor público y tiene los recursos y documentos para defenderse a su alcance.

Nuestro consejo es que debe dejar todo lo referente a su gestión, revisado y arreglado, total.. No se sabe cuando uno deje de ser servidor público, por cualquier circunstancia, ojalá no la muerte. Para esto le sugerimos realizar lo siguientes pasos:

  • Revise y actualice toda la base normativa relacionada a la función desempeñada.
  • Verifique el cumplimiento de cada uno de los puntos que la normativa señala.
  • Si encuentra asuntos que no han sido cumplidos debe encontrar la manera de subsanar los problemas.

Obviamente, el cumplimiento de los pasos señalados es más fácil decirlo que hacerlo.. pero eso es exactamente lo que hacen los auditores de Contraloría para establecer observaciones. No se deje sorprender por éstos últimos, conste que está avisad@.

Y si en todo caso requiere ayuda, háganoslo saber.

Suerte!

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