Seguimos observando como, de una manera ingenua, hay autoridades y dignatarios que quieren que un externo (léase Contraloría General del Estado) valide su actuación. Esto es incluso, a nuestro parecer, como cuando los niños regresan a ver a un padre buscando su aprobación.. solo que ahora se trata de adultos buscando algo similar.
La Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado (LOCGE) en su artículo 9, respecto del Concepto y elementos del Control Interno, señala:
“El control interno constituye un proceso aplicado por la máxima autoridad, la dirección y el personal de cada institución, que proporciona seguridad razonable de que se protegen los recursos públicos y se alcancen los objetivos institucionales..- El control interno será responsabilidad de cada institución del Estado…”.
De lo leído se puede comprender que realizar el control interno es responsabilidad de cada servidor público, es decir que en todas las entidades del Estado debe ejercerse un revisión y tomar los correctivos pertinentes sin la necesidad de que pedir “auxilio” o ayuda para esta labor a la CGE. Y cuando se encuentren deficiencias, producto de una autoevaluación, tampoco se debe enviar el “chisme” a la Contraloría.
No queremos decir que estamos en contra de que el organismo de control ejerza sus competencias de control sino que los servidores públicos ejerzan esta misma competencia que la ley les otorga. Y claro, debe entenderse también que si Contraloría encuentra deficiencias u observaciones en la administración pública determinará las responsabilidades (administrativas y/o civiles) que tengan lugar.
Hablar sobre las responsabilidades jurídicas que determina Contraloría requiere un análisis más detallado, pero para efectos de este artículo nos limitaremos a decir que conjuntamente con éstas van de la mano la imposición de sanciones económicas (multas) y el resarcimiento del daño económico ocasionado (glosas u órdenes de reintegro).
Regresando al tema central de este ensayo, lo decimos con fuerza: No pida ser auditado/a! Esto le traerá más problemas que beneficios en la vida real.
Si conoce de problemas en su entidad, comuníquelo a sus superiores para que se tome correctivos y/o intente tomar correctivos, eso señala la ley y es su deber como servidor público. Y bueno, cuando el organismo de control venga a cumplir con su mandato constitucional colabore con el mismo, siempre con tacto, cuidado y tino, pero evite llamarlo a que venga a realizar esta tarea. Si ya ha sido sujeto de auditoría sabe por qué decimos esto.
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