Caducidad en la expedición de una sanción administrativa emitida por la Contraloría

Hicimos un video en el que se hace un análisis de la sentencia emitida en el proceso 17811-2023-00476 del Tribunal Distrital Contencioso Administrativo de Quito, que se resuelve que la Contraloría General del Estado tiene el plazo fatal de 60 días plazo para confirmar una resolución de sanción administrativa. Lo interesante e importante de la mencionada sentencia, es que los 60 días se cuentan desde la notificación de la predeterminación hasta la notificación de la resolución.

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2 thoughts to “Caducidad en la expedición de una sanción administrativa emitida por la Contraloría”

  1. Saludos cordiales estimado ING
    La Resolución que muy acertadamente hace conocer a sus seguidores misma qué se refiere al artículo 48 de la LOCGE, es aplicable a procesos que todavía no se presenta en la demanda al contencioso administrativo o en que etapa de los precesos se puede argumentar

    Muchas gracias

    1. Cuando se tiene la resolución de sanción administrativa es el momento de verificar si hubo o no caducidad en la expedición de la misma.

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