A continuación presentamos la segunda de cuatro partes de la entrevista realizada al Dr. Saulo Quelal (Experto en Gestión Financiera Pública) sobre la Administración de los Bienes del Sector Público. La misma trata sobre la Revalorización de los Activos Fijos.
A lo largo de la historia del sector público la revalorización de los activos fijos ha sido algo no obligatorio e incluso opcional, y por ello casi ninguna entidad pública ha venido realizando esta actividad.
La revalorización se ocasiona por la subida del valor o precio de mercado de los bienes. Un bien que fue adquirido en una fecha determinada quedó establecido a ese valor, no obstante con el paso del tiempo este valor debe actualizarse al precio de mercado.. Esa es justamente la intención, actualizar los precios de los bienes.
El Ministerio de Finanzas, como organismo rector, y producto de la dolarización estableció hace casi 18 años la actualización de los valores de los bienes. Desde esa época hasta ahora, nuevamente este ente ha solicitado se realice esto. La necesidad de actualizar los valores de los bienes del sector público también es una disposición que consta en el Reglamento de Bienes emitido por la Contraloría General del Estado.
Una revalorización permite tener un valor razonable y actualizada de los bienes y a la vez habilita que los estados financieros de la entidad pública reflejen la realidad actual. Para que se realice esta revalorización el Ministerio de Finanzas emitió el 5 marzo de 2018 el Instructivo para el Proceso de Revalorización de los Bienes del Sector Público, estableciendo así un procedimiento para que se realice esta actividad.
El mencionado instructivo establece el cómo realizar la revalorización, al menos en términos generales. En el seminario de “Control y Administración de Bienes del Sector Público” explicamos cómo realizar esto en términos más específicos. Así, cuando haya que incrementar la vida útil de los activos fijos habrá que realizar un recálculo de la depreciación, que por cierto el instructivo no indica cómo hacer.. No obstante, en el seminario indicado sí se indica cómo hacer estos re-cálculos en el incremento de la vida útil para establecer la nueva alícuota de depreciación.
Por otro lado, también hay que identificar a los bienes que se consideran como activos fijos ya que no todos los tipos de bienes están sujetos a la revalorización. Únicamente son sujetos de la revalorización los bienes clasificados como activos fijos de administración.