Hicimos un video en el que se hace un análisis de la sentencia emitida en el proceso 17811-2023-00476 del Tribunal Distrital Contencioso Administrativo de Quito, que se resuelve que la Contraloría General del Estado tiene el plazo fatal de 60 días plazo para confirmar una resolución de sanción administrativa. Lo interesante e importante de la mencionada sentencia, es que los 60 días se cuentan desde la notificación de la predeterminación hasta la notificación de la resolución.
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Distinguido Doctor, necesito una asesoría respecto a la aplicación del artículo 56 de la Ley Orgánica de la Contraloría, relacionada al enunciado “…Si la determinación de responsabilidad civil culposa incluyere responsables solidarios, el plazo anterior se contará desde la última fecha de notificación…”, Existe una sola resolución la 050, por 1000,00 USD, que involucra responsables solidarios, para ejemplarizar ponemos nombres ficticios: El examen involucra el análisis por los años 2022 y 2023; Ángel es Alcalde y Mauricio Tesorero desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022; responden solidariamente por 7.000,00 USD; y MIguel es Alcalde y Francisco Tesorero en el periodo 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, por 3.000,00 USD; la pregunta, es aplicable la disposición de la fecha del ultimo notificado,cuando la solidaridad es en par (2); disculpe no se si me hago entender. Para ilustración los servidores del 2022, están notificados dentro de los 180 días; pero los servidores del 2023, están notificados con la resolución fuera de los 180 días
Saludos cordiales estimado ING
La Resolución que muy acertadamente hace conocer a sus seguidores misma qué se refiere al artículo 48 de la LOCGE, es aplicable a procesos que todavía no se presenta en la demanda al contencioso administrativo o en que etapa de los precesos se puede argumentar
Muchas gracias
Cuando se tiene la resolución de sanción administrativa es el momento de verificar si hubo o no caducidad en la expedición de la misma.