La auditoría gubernamental es una actividad de control posterior a la ocurrencia de las operaciones/actividades realizadas en las entidades públicas. Lamentablemente, el enfoque punitivo que utiliza la Contraloría General del Estado ha degradado esta actividad al punto de convertirla en un castigo para los servidores públicos.
Categoría: Contraloría General del Estado
¿Auditores o administradores?
Hay casos de auditores gubernamentales que cuando auditan lo hacen de una manera en que juzgan las decisiones de la máxima autoridad como si ellos tuvieran esa prerrogativa. Es decir, auditan como si fueran los administradores, decidiendo qué debió contratarse y qué no; utilizando además un criterio subjetivo en casos que ni siquiera se puede […]
Violación al debido proceso por falta de notificación
La Contraloría General del Estado está violando el debido proceso al expedir actuaciones administrativas sin tomar en cuenta si previamente a éstas la persona/ciudadano ha sido notificado para que pueda ejercer su derecho a la defensa. En este video presentamos un caso real.
¿Vale la pena un juicio contra el Estado?
Seguir un juicio contra el Estado es una tarea extremadamente prolongada y costosa. Por eso, hacerlo solo vale la pena bajo ciertas circunstancias. Ponemos un ejemplo aplicando la metodología del “árbol de decisiones”. en qué casos sería conveniente demandar al Estado.
¿Qué significa la solidaridad en una glosa?
Una glosa determinada por la Contraloría General del Estado es solidaria porque así lo dispone la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado. El que la mencionada obligación sea solidaria implica que el organismo de control pueda exigir el pago a todos quienes constan en la glosa y por todo el monto de la misma. Esta obligación no permite la división o cuota.
La prohibición de ejercer cargo público
La prohibición de ejercer un cargo público como resultado de una acción de control realizada por la Contraloría General del Estado, para que sea constitucional y legal, tiene que ser impuesta bajo las siguientes condiciones: 1) que exista una resolución (acto administrativo) en firme, y 2) que el administrado se encuentre en mora con el Estado. No obstante, hemos conocido casos en los cuales sin que se cumplan las citadas condiciones el Ministerio del Trabajo ha impuesto este gravamen de forma injusta, arbitraria e ilegal.