El recurso de revisión, como último recurso que se puede interponer en sede administrativa, suele ser atractivo para los administrados en razón del costo y aparente menor tiempo que tomaría en comparación de una defensa judicial. No obstante, este recurso se convierte verdaderamente en una trampa de la cual difícilmente se puede salir. ¿Por qué? Pues la Contraloría defiende a capa y espada sus actuaciones anteriores como si estas fueran inamovibles o totalmente legales, lo cual en muchísimos casos no es cierto manteniendo así una mal llamado “espíritu de cuerpo” malinterpretando la ley y violando así los derechos de las personas auditadas. El haber interpuesto el mencionado recurso llega entonces a convertirse en una verdadera pesadilla en la cual la Contraloría, comúnmente, mantiene un silencio sepulcral que a la larga le favorece y perjudica los intereses de los recurrentes.
Categoría: Contraloría
Asesórese bien para responder a la Contraloría General del Estado
Responder observaciones a la Contraloría General del Estado es algo que debe realizarse con cuidado y meditación. Por eso, si debe asesorarse para tal tarea hágalos con profesionales que saben del tema.
¿Por qué demorarse para responder a una glosa?
La Contraloría General del Estado tiene 180 días para confirmar una glosa desde la notificación de la predeterminación de ésta. Estar atento a que se cumpla ese plazo le hará saber que la facultad del organismo de control precluyó
Contraloría admite que no puede demorarse más de 180 días en aprobar un informe
La Contraloría General del Estado debe cumplir con los plazos y términos establecidos en su propia ley, so pena de perder la competencia para pronunciarse y caer en caducidad, lo que anula sus actos administrativos.
“Presenté mis descargos y no sé nada de la Contraloría”
La Contraloría demora en dar respuestas en el control gubernamental que realiza.
El querer “revertir la prueba” en el juzgamiento administrativo
La Contraloría General del Estado debería permitir y aceptar la presentación de copias simples como pruebas documentales en el juzgamiento que realiza en la vía administrativa ya que no hay razones para prohibir esto y coartar así el derecho a la defensa de las personas sujetas de su control. Más aún cuando el tiempo para […]