No existe perjuicio económico entre entidades públicas cuando la una se benefició de un pago y la otra se perjudicó por aquello. Así lo señala la doctrina, la jurisprudencia y resoluciones de la misma Contraloría General del Estado. No obstante, el organismo de control, ignorando lo mencionado, sigue con un proceder errático haciendo glosas a diestra y siniestra por supuestos perjuicios económicos entre entidades del sector público.
Suscripción
Registre, en los casilleros que están a la derecha, su primer nombre y correo electrónico para recibir gratuitamente nuestro mini curso.
Nota: no se emite certificado de asistencia o aprobación.