La Contraloría quiso “pasarse de lista” 🤓 emitiendo Acuerdos que no interrumpían plazos ni términos

Acuerdos emitidos por la Contraloría General del Estado: el impacto en plazos y términos vs. la caducidad

La Contraloría General del Estado en Ecuador desempeña un papel crucial en la supervisión y control del uso de los recursos públicos. Sin embargo, eventos extraordinarios como el incendio de su edificio y la pandemia de COVID-19 obligaron a este organismo a emitir acuerdos para ajustar sus procedimientos administrativos. Estas disposiciones tenían como objetivo principal garantizar la continuidad de su labor y proporcionar flexibilidad a los administrados en relación con plazos y términos establecidos. A pesar de estas medidas, la caducidad, como institución jurídica, permaneció intacta y siguió operando como un límite estricto para la competencia de la administración en la emisión de actos administrativos.

Contexto de los acuerdos emitidos

El incendio del edificio de la Contraloría

El incendio del edificio de la Contraloría General del Estado, ocurrido en el marco de intensas protestas sociales, generó una interrupción significativa en las actividades presenciales del organismo. Ante esta situación, la Contraloría emitió acuerdos para reorganizar su operatividad, adaptándose a las limitaciones materiales y logísticas. Entre las medidas adoptadas, se incluyeron la implementación de modalidades de trabajo remoto, la reubicación de oficinas y la digitalización de algunos procedimientos administrativos.

Sin embargo, en lo que respecta a los plazos y términos, los acuerdos establecieron supuestamente una pausa temporal para la presentación de respuestas y recursos por parte de los administrados. Esto se justificaba en la necesidad de proporcionar un margen de acción razonable en medio de las dificultades operativas derivadas del incendio.

La pandemia de COVID-19

La emergencia sanitaria causada por la pandemia de COVID-19 presentó un desafío global sin precedentes, y Ecuador no fue la excepción. La Contraloría, enfrentando restricciones de movilidad, medidas de bioseguridad y un estado de excepción generalizado, emitió acuerdos destinados a garantizar la continuidad de sus funciones. Entre las disposiciones más relevantes se encontraban la suspensión de ciertas actividades presenciales, la implementación del teletrabajo y la flexibilización de los procedimientos administrativos.

Al igual que en el caso del incendio, estos acuerdos supuestamente interrumpieron plazos y términos para la presentación de respuestas y recursos, permitiendo que los administrados enfrentaran las limitaciones impuestas por las circunstancias extraordinarias.

La caducidad y su naturaleza jurídica

A pesar de la flexibilidad introducida en los plazos y términos mediante los acuerdos emitidos por la Contraloría, la caducidad, como institución jurídica, no fue interrumpida. La caducidad es un principio fundamental que delimita la competencia de la administración pública para actuar en un marco temporal específico. Si la administración no emite un acto administrativo dentro del plazo establecido por ley, pierde automáticamente la facultad para hacerlo, lo que garantiza la seguridad jurídica y protege a los administrados de incertidumbres prolongadas.

Importancia de la caducidad

La caducidad tiene un impacto directo en los procedimientos administrativos, especialmente en aquellos llevados a cabo por organismos como la Contraloría. Su propósito principal es evitar que la administración actúe de manera extemporánea, promoviendo la eficiencia y el cumplimiento de los plazos legales. Esto no solo beneficia a los administrados, al proteger sus derechos frente a posibles actuaciones arbitrarias, sino que también refuerza los principios de legalidad y transparencia en el ámbito público.

Impacto de la caducidad en los acuerdos de la Contraloría

La decisión de la Contraloría de no interrumpir la caducidad, incluso en circunstancias extraordinarias como el incendio y la pandemia, plantea interrogantes importantes sobre la coherencia entre las medidas adoptadas y los principios jurídicos. Si bien los plazos y términos para la presentación de respuestas y recursos fueron supuestamente pausados, la caducidad siguió siendo un límite infranqueable para la emisión de actos administrativos.

Esto implica que cualquier acto administrativo emitido fuera del plazo establecido podría ser declarado nulo por caducidad, independientemente de los acuerdos emitidos por la Contraloría. Por ejemplo, si la administración no actuó dentro del tiempo permitido por ley debido a las interrupciones operativas, los administrados tendrían argumentos sólidos para cuestionar la validez de sus actuaciones.

Implicaciones de la discrepancia entre plazos y caducidad

La contradicción entre la suspensión de plazos y términos para los administrados y la continuidad de la caducidad para la administración genera varias implicaciones importantes:

  1. Vulnerabilidad de los actos administrativos: Los actos emitidos fuera del plazo establecido por la caducidad pueden ser anulados, lo que impacta la eficacia y legitimidad de las decisiones de la Contraloría.
  2. Seguridad jurídica para los administrados: La caducidad garantiza que los administrados no estén sujetos a incertidumbres prolongadas, reforzando su derecho a un procedimiento justo y transparente.
  3. Refuerzo de los principios legales: La continuidad de la caducidad subraya la importancia de cumplir con los plazos establecidos por ley, incluso en circunstancias excepcionales.

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