La inconstitucionalidad del art铆culo 60 de la LOCGE: una contradicci贸n frente a los principios constitucionales de revisi贸n y debido proceso
El art铆culo 60 de la Ley Org谩nica de la Contralor铆a General del Estado (LOCGE) establece una restricci贸n que impide la presentaci贸n del recurso de revisi贸n en casos de responsabilidades administrativas culposas. Esta disposici贸n genera una profunda controversia, ya que puede ser interpretada como contraria a lo dispuesto en la Constituci贸n de la Rep煤blica del Ecuador, espec铆ficamente en el art铆culo 173, que garantiza el derecho a la revisi贸n, y en el art铆culo 76, numeral 7, letra m, que asegura el debido proceso en todas las etapas de un procedimiento.
El principio de revisi贸n y el art铆culo 173 de la Constituci贸n
El art铆culo 173 de la Constituci贸n ecuatoriana establece que toda sentencia, resoluci贸n o acto administrativo tiene derecho a ser revisado, ya sea por la misma autoridad que lo dict贸 o por una superior. Este principio busca garantizar que los errores, omisiones o irregularidades puedan ser corregidos para proteger los derechos de los ciudadanos y evitar perjuicios injustificados.
El art铆culo 60 de la LOCGE, al negar la posibilidad de interponer el recurso de revisi贸n en casos de responsabilidades administrativas culposas, contradice este mandato constitucional. La ausencia de un mecanismo de revisi贸n implica que las decisiones de la Contralor铆a General del Estado, en este contexto, se vuelven definitivas e inmutables, dejando a las personas afectadas sin una v铆a efectiva para cuestionar las posibles arbitrariedades o errores que pudieran haberse cometido durante el proceso.
La garant铆a del debido proceso y el art铆culo 76, numeral 7, letra m
Por otro lado, el art铆culo 76, numeral 7, letra m de la Constituci贸n, asegura que las personas tienen derecho a recurrir las decisiones en un proceso, ya sea judicial o administrativo. Este derecho forma parte del debido proceso y es esencial para garantizar la justicia y la transparencia en los procedimientos. La posibilidad de recurrir decisiones, especialmente a trav茅s de la revisi贸n, no solo protege a los administrados, sino que tambi茅n fomenta la responsabilidad y la rendici贸n de cuentas de las instituciones p煤blicas.
La prohibici贸n contenida en el art铆culo 60 de la LOCGE priva a los ciudadanos de esta garant铆a, limitando su capacidad de buscar justicia y obtener una decisi贸n justa y razonable. Esta falta de acceso a un recurso de revisi贸n representa una vulneraci贸n directa al principio de debido proceso, ya que elimina una herramienta crucial para la defensa de los derechos de las personas en el 谩mbito administrativo.
Impacto de la inconstitucionalidad en el sistema jur铆dico y administrativo
La inconstitucionalidad del art铆culo 60 de la LOCGE tiene implicaciones profundas no solo para los derechos individuales, sino tambi茅n para el sistema jur铆dico y administrativo en su conjunto. La negaci贸n del recurso de revisi贸n puede dar lugar a decisiones injustas y perpetuar errores que podr铆an haberse corregido a trav茅s de un an谩lisis m谩s exhaustivo.
Adem谩s, esta disposici贸n afecta la confianza de los ciudadanos en las instituciones p煤blicas, ya que perciben una falta de mecanismos efectivos para garantizar la justicia y la equidad. En un estado constitucional de derechos y justicia, como lo define la Constituci贸n ecuatoriana en su art铆culo 1, es imperativo que todas las normativas legales est茅n alineadas con los principios y garant铆as consagrados en la Carta Magna.
Reformas necesarias y propuestas
Frente a este escenario, es indispensable que el legislador ecuatoriano revise y modifique el art铆culo 60 de la LOCGE para garantizar su conformidad con la Constituci贸n. Una propuesta ser铆a incluir la posibilidad de interponer el recurso de revisi贸n en casos de responsabilidades administrativas culposas, estableciendo criterios claros y espec铆ficos para su aplicaci贸n. Esto no solo fortalecer铆a el marco jur铆dico, sino que tambi茅n garantizar铆a una mayor protecci贸n de los derechos de los ciudadanos.
Por otro lado, es fundamental que las instituciones encargadas de velar por la constitucionalidad de las leyes, como la Corte Constitucional, intervengan para evaluar la conformidad del art铆culo 60 de la LOCGE con la Constituci贸n. Un pronunciamiento en este sentido contribuir铆a a corregir la discrepancia actual y a sentar un precedente importante para la protecci贸n de los derechos fundamentales.
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