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Los vicios de la Orden de reintegro

Si usted ha sido sujeto de una responsabilidad civil culposa vía orden de reintegro, o es un abogado/a que tiene clientes sancionados con esa responsabilidad, le interesará saber que la defectuosa emisión de órdenes de reintegro, por parte de la Contraloría General del Estado, sin realmente llegar a predeterminarlas o mejor dicho saltándose la predeterminación ocasiona que éstas actuaciones nazcan viciadas de nulidad e ilegalidad. El problema radica en que en una supuesta predeterminación de orden de reintegro, lo que hace la Contraloría, es emitir un acto administrativo sin sustento, que además ha violado el derecho a la defensa, y sobre el cual no se ha permitido la posibilidad de rebatir los argumentos expuestos por Contraloría. A continuación, presentamos un ejemplo de esta arbitrariedad.

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¿Cuándo no vale la pena defenderse de la Contraloría?

El valor de las defensas con abogado/a ante la Contraloría General del Estado, bien sea en sede administrativa, jurisdiccional o constitucional, en muchas ocasiones supera el mismo valor de las multas o glosas. Es por esto que muchas personas optan por no defenderse y aceptan pagar, muchas veces, de forma injusta e ilegal, lo que la Contraloría les ha impuesto o determinado.

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Nuevo precedente jurisprudencial obligatorio, Contraloría tiene hasta 7 años para pronunciarse sobre las actuaciones de los servidores públicos

La Corte Nacional de Justicia, nuevamente, en un fallo de triple reiteración declara como precedente jurisprudencial obligatorio que: “El plazo de caducidad de la potestad de la Contraloría General del Estado para pronunciarse sobre las actividades de las instituciones del Estado y los actos de las personas sujetas a su Ley Orgánica, de conformidad con el primer inciso del artículo 71 de dicho cuerpo legal, se contabilizará exclusivamente a partir de la realización de dichas actividades o actos objeto de control.” Esta es una más de las violaciones legales que la Contraloría General del Estado ha venido cometiendo en su labor de control y que lo sigue haciendo incluso hasta después del mencionado fallo.

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¡No confíe en la Contraloría! – no respeta ni los Acuerdos del Contralor

Increíblemente, la Contraloría no respeta ni siquiera los propios Acuerdos (son 3) que expidió su máxima autoridad interrumpiendo plazos y términos. Esto, de cumplirse, amplía el tiempo para ejercer el derecho a la defensa que tienen los administrados para presentar respuestas y ejercer así su derecho a contradecir las observaciones expuestas por el organismo de control. Tenemos ya un caso real, de un cliente nuestro, a quien le confirman una glosa indicando que ha presentado su respuesta de forma “extemporánea”.

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¿Cómo piensan los abogados?

Pensar como un abogado (Thinking Like a Lawyer) es un libro que presenta las tres características que hacen que un caso sea presentado ante los jueces de forma idónea, clara y potente. Primero, el abogado tiene que ser un conocedor de la normativa referente a la materia que maneja; segundo, tiene que saber cuáles han sido los fallos, judiciales y constitucionales, referentes a los casos que representa o defiende en los Tribunales; tercero, debe conocer doctrina jurídica que pueda citar en sus escritos, demandas o pedidos y en los que endosa criterios de expertos a los suyos propios.

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